Mañana segundo día sin carro del año 2015



Durante el día de mañana, 22 de marzo de 2015, se realizará en Bogotá (Colombia), la segunda jornada del DÍA SIN CARRO.

Lo jornada se realiza para que las personas tomemos conciencia de los grandes cambios climáticos que están ocurriendo en el planeta, el calentamiento global, el grado de contaminación que se respira en las ciudades, y también con ánimo de alentar a las personas a usar el transporte público en lugar del automóvil, caminar o hacer uso de la bicicleta.

Esta segunda convocatoria viene respaldada y avalada por los siguientes organismos

  • Alcaldía Mayor de Bogotá y sus entidades
  • Secretaría de Movilidad
  • Secretaría de Ambiente
  • Instituto de Desarrollo Urbano – IDU
  • TRANSMILENIO S.A.
  • IDRD
  • Policía de Tránsito

Todas estas entidades unirán esfuerzos con el fin de garantizar el éxito a la hora de desplazarse en la ciudad y generar un mayor interés por la conservación del planeta Tierra, nuestro hogar.

SI TIENES DUDAS SOBRE QUÉ RUTA USAR DEL SITP CONSULTA AQUÍ

SI TIENES DUDAS SOBRE QUÉ RUTA USAR DE TRANSMILENIO CONSULTA AQUÍ

SI TIENES DUDAS SOBRE QUÉ RUTA USAR EN BICICLETA CONSULTA AQUÍ

 

Durante la jornada del 22 de marzo (2015) únicamente podrán circular los vehículos autorizados para la jornada del día sin carro, estos vehículos se detallan a continuación:

Excepciones Vehículos:

  • Transporte público que no tenga pico y placa
  • Transporte de estudiantes
  • Vehículos que transporten más de 10 pasajeros
  • Caravana presidencial y vehículos del cuerpo diplomático
  • Carrozas fúnebres
  • Vehículos pertenecientes a las Fuerzas Militares y de Policía Nacional
  • Ambulancias, vehículos del Cuerpo Oficial de Bomberos y vehículos para emergencias
  • Vehículos acondicionados para discapacitados
  • Vehículos operativos de las empresas de servicios públicos domiciliarios
  • Vehículos destinados al control de tráfico y grúas autorizadas por la Secretaría Distrital de Movilidad, plenamente identificados
  • Motocicletas
  • Vehículos de blindaje igual o superior al nivel tres
  • Vehículos destinados a la prestación del servicio de escolta
  • Vehículos de trabajo con logo de la empresa pintado, furgones de carga y reparto de mercancías

Excepciones Motocicletas:

  • Motocicletas vinculadas a empresas que prestan el servicio de mensajería y domicilios debidamente identificadas, o con logos y/o distintivos.
  • Motocicletas de autoridades Militares, de Policía y de organismos de seguridad del estado.
  • Motocicletas utilizadas para la atención de emergencias y servicios de salud.
  • Motocicletas vinculadas a empresas de servicios públicos domiciliarios debidamente identificadas o con logos y/o distintivos.
  • Motocicletas destinas al transporte de personas en condición de discapacidad..
  • Motocicletas destinadas al control de trafico.
  • Motocicletas escolta que estén al servicio de actividades inherentes a la protección de personas debidamente autorizadas por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada o que hagan parte de esquemas de seguridad autorizados por organismo del estado y solo durante la prestación del servicio.

A continuación compartimos el plegable que el usuario del SITP, Oskar Rojas ha tenido la amabilidad de compartir con nosotros y a través de las diferentes Redes Sociales.

Mañana segundo día sin carro del año 2015